Solución
Términos y condiciones para - Pago Parcial Temporal: 50% intereses - para Préstamo de Vivienda (Hipoteca o Fideicomiso), y Préstamos a Plazo PYMES (Hipoteca o Fideicomiso), con vencimiento posterior al 31 de diciembre del 2023.
- El programa de Apoyo a Clientes aplica para los clientes de Banca de Personas y PYMES, que tengan Préstamos de Vivienda y Préstamos a Plazo PYMES, garantizados con hipoteca y/i Fideicomiso, quienes han solicitado alivio financiero en virtud de su afectación económica Covid-19.”
¿En qué consiste el alivio financiero?
- Consiste en ajustar el plan de pago para reducir el monto de la cuota por las próximas 3 cuotas, meses, hasta el 30 de setiembre, de la siguiente manera: pagando el 50% del monto correspondiente a los intereses corrientes, más seguros, más otros cargos que contenga el plan de pagos, sin amortizar al capital.
- Las sumas de los montos de intereses corrientes no cobrados durante las 3 cuotas de pagos parciales serán adicionadas a los cargos originados por alguna otra solución de alivio anteriormente acordada para este préstamo. Estos cargos serán divididos entre 48 cuotas y serán agregados a su cuota regular al finalizar los 3 meses y aumentándola por estos 48 meses. Este cargo no generará intereses adicionales.
- Posterior al pago de estas 48 cuotas, regresará a su cuota regular.
- Para préstamos con garantía hipotecaria: el capital no pagado durante los 3 meses en que se realizó el pago del 50% de los intereses, podría generar una extensión de plazo al final del período de hasta 6 cuotas con el fin de mantener el monto amortizable mensual.
- Para préstamos con garantía de Fideicomiso: debido a las modificaciones del plan de pagos, podría generarse una última cuota por un monto mayor a la cuota regular con el fin de cubrir cualquier saldo de capital que llegue a existir. Lo anterior debido a que el Código de Comercio de Costa Rica establece en su artículo 661 inciso c, que son prohibidos los fideicomisos con plazos mayores a 30 años, cuando figure como Fideicomisario una persona jurídica, razón por la cual no se podrá extender el plazo.
- Se define como Intereses y Seguros de las cuotas prorrogadas aquellos cargos generados por intereses, seguros y otros cargos prorrogados en las cuotas bajo el Programa de Apoyo a Clientes.
Condiciones
- Solo se modificarán las cuotas próximas y vigentes por pagar.
- Todas y cada una de las estipulaciones del Contrato de Préstamo que no hayan sido expresamente modificadas mediante esta Solución de Alivio Financiero permanecerán con pleno valor y efecto legal.
- En el caso de Préstamos de Vivienda y préstamos a plazo PYMES garantizados con hipoteca o fideicomiso, para aplicar al programa, LOS DEUDORES deben dar su consentimiento por vía telefónica.
- La adhesión al Programa de Apoyo a Clientes no representa una reestructuración de la operación de crédito y no implica bajo ningún concepto, condonación de capital y/o intereses respecto de LA(S) OBLIGACION(ES) que previamente ya habían sido contraídas por LOS DEUDORES.
- Para solicitar nuevos productos de crédito con Scotiabank o Arrendamiento con Scotia Leasing Costa Rica S.A., deberá cancelar al menos 6 cuotas de todos los créditos/arrendamientos vigentes, a partir del vencimiento de esta solución de alivio financiero y en cumplimiento de nuestras políticas de crédito actuales.
- Si es cliente de Banca PYMES y no puede visualizar su cuota desde Scotia en Línea, llame al 2210-4848, y escoja la opción #3.
- Si es cliente de Banca PYMES y se acoge al Programa de Apoyo a Clientes en sus operaciones de créditos a plazo, y adicionalmente posee una línea de crédito, contacte a su ejecutivo de cuenta para revisar el procedimiento que deberá seguir para futuros desembolsos a partir de la aplicación del Programa.
Aceptación
Al enviar la solicitud:
- Acepto que Scotiabank de Costa Rica S.A. concede soluciones de alivio financiero temporales con el fin de modificar ciertas condiciones de los préstamos otorgados.
- LA DEUDOR(A) CODEUDORES y LOS FIADORES SOLIDARIOS reconocen y aceptan que deberán realizar los pagos regulares una vez finalizado el Programa de Apoyo a Clientes.
- Estoy de acuerdo que todas y cada una de las estipulaciones del Contrato de Préstamo que no hayan sido expresamente modificadas mediante esta Solución Crediticia permanecerán con pleno valor y efecto legal.
- Si posteriormente, negare haberme adherido al Programa de Apoyo a Clientes, EL BANCO se reserva el derecho de aplicar los términos y condiciones pactados en los contratos correspondientes.
Descargar Términos y condiciones AQUÍ