Términos y condiciones de Créditos

Pago parcial en cuota de préstamo de vivienda

Solución

Términos y condiciones para - Pago Parcial Temporal: 50% intereses - para Préstamo de Vivienda (Hipoteca o Fideicomiso), y Préstamos a Plazo PYMES (Hipoteca o Fideicomiso), con vencimiento posterior al 31 de diciembre del 2023. 

  • El programa de Apoyo a Clientes aplica para los clientes de Banca de Personas y PYMES, que tengan Préstamos de Vivienda y Préstamos a Plazo PYMES, garantizados con hipoteca y/i Fideicomiso, quienes han solicitado alivio financiero en virtud de su afectación económica Covid-19.” 

¿En qué consiste el alivio financiero?

  • Consiste en ajustar el plan de pago para reducir el monto de la cuota por las próximas 3 cuotas, meses, hasta el 30 de setiembre, de la siguiente manera: pagando el 50% del monto correspondiente a los intereses corrientes, más seguros, más otros cargos que contenga el plan de pagos, sin amortizar al capital.
  • Las sumas de los montos de intereses corrientes no cobrados durante las 3 cuotas de pagos parciales serán adicionadas a los cargos originados por alguna otra solución de alivio anteriormente acordada para este préstamo. Estos cargos serán divididos entre 48 cuotas y serán agregados a su cuota regular al finalizar los 3 meses y aumentándola por estos 48 meses. Este cargo no generará intereses adicionales.
  • Posterior al pago de estas 48 cuotas, regresará a su cuota regular.
  • Para préstamos con garantía hipotecaria: el capital no pagado durante los 3 meses en que se realizó el pago del 50% de los intereses, podría generar una extensión de plazo al final del período de hasta 6 cuotas con el fin de mantener el monto amortizable mensual.
  • Para préstamos con garantía de Fideicomiso: debido a las modificaciones del plan de pagos, podría generarse una última cuota por un monto mayor a la cuota regular con el fin de cubrir cualquier saldo de capital que llegue a existir. Lo anterior debido a que el Código de Comercio de Costa Rica establece en su artículo 661 inciso c, que son prohibidos los fideicomisos con plazos mayores a 30 años, cuando figure como Fideicomisario una persona jurídica, razón por la cual no se podrá extender el plazo.
  • Se define como Intereses y Seguros de las cuotas prorrogadas aquellos cargos generados por intereses, seguros y otros cargos prorrogados en las cuotas bajo el Programa de Apoyo a Clientes. 

Condiciones

  • Solo se modificarán las cuotas próximas y vigentes por pagar.
  • Todas y cada una de las estipulaciones del Contrato de Préstamo que no hayan sido expresamente modificadas mediante esta Solución de Alivio Financiero permanecerán con pleno valor y efecto legal.
  • En el caso de Préstamos de Vivienda y préstamos a plazo PYMES garantizados con hipoteca o fideicomiso, para aplicar al programa, LOS DEUDORES deben dar su consentimiento por vía telefónica.
  • La adhesión al Programa de Apoyo a Clientes no representa una reestructuración de la operación de crédito y no implica bajo ningún concepto, condonación de capital y/o intereses respecto de LA(S) OBLIGACION(ES) que previamente ya habían sido contraídas por LOS DEUDORES.
  • Para solicitar nuevos productos de crédito con Scotiabank o Arrendamiento con Scotia Leasing Costa Rica S.A., deberá cancelar al menos 6 cuotas de todos los créditos/arrendamientos vigentes, a partir del vencimiento de esta solución de alivio financiero y en cumplimiento de nuestras políticas de crédito actuales.
  • Si es cliente de Banca PYMES y no puede visualizar su cuota desde Scotia en Línea, llame al 2210-4848, y escoja la opción #3.
  • Si es cliente de Banca PYMES y se acoge al Programa de Apoyo a Clientes en sus operaciones de créditos a plazo, y adicionalmente posee una línea de crédito, contacte a su ejecutivo de cuenta para revisar el procedimiento que deberá seguir para futuros desembolsos a partir de la aplicación del Programa. 

Aceptación

Al enviar la solicitud:

  • Acepto que Scotiabank de Costa Rica S.A. concede soluciones de alivio financiero temporales con el fin de modificar ciertas condiciones de los préstamos otorgados.
  • LA DEUDOR(A) CODEUDORES y LOS FIADORES SOLIDARIOS reconocen y aceptan que deberán realizar los pagos regulares una vez finalizado el Programa de Apoyo a Clientes.
  • Estoy de acuerdo que todas y cada una de las estipulaciones del Contrato de Préstamo que no hayan sido expresamente modificadas mediante esta Solución Crediticia permanecerán con pleno valor y efecto legal.
  • Si posteriormente, negare haberme adherido al Programa de Apoyo a Clientes, EL BANCO se reserva el derecho de aplicar los términos y condiciones pactados en los contratos correspondientes.

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Extensión de plazo para Créditos

Solución

Términos y condiciones para - Extensión de Plazo - para Préstamos Personales. 

  • El programa de Apoyo a Clientes aplica para los clientes de Banca de Personas que tengan un Préstamo Personal, quienes han solicitado alivio financiero en virtud de su afectación económica Covid-19.” 

¿En qué consiste?

  • Consiste en disminuir de forma permanente la cuota mensual, extendiendo el plazo de su préstamo.
  • Se le extenderá el plazo (según aplique la evaluación particular para cada cliente y tipo de producto) buscando como resultado la disminución de su cuota mensual.
  • Se define como Intereses y Seguros de las cuotas prorrogadas aquellos cargos generados por intereses, seguros y otros cargos prorrogados en las cuotas a partir de marzo del 2020 y hasta la fecha bajo el Programa de Apoyo a Clientes. 

Condiciones

  • No se contempla el cambio de tasa, fechas de pago actuales, número de operación y otros cargos mensuales según apliquen.
  • Se le extenderá el plazo del crédito (según aplique la evaluación particular para cada cliente) buscando como resultado la disminución de su cuota mensual.
  • Solo se recalcularán las cuotas próximas y vigentes por pagar.
  • Las cuotas morosas de meses anteriores se mantienen con los montos actuales.
  • La cancelación anticipada y/o abonos extraordinarios son permitidos para todos los créditos de acuerdo con lo indicado en el contrato firmado por las partes, se contemplan comisiones adicionales al momento de ejercer la cancelación anticipada y los correspondientes Intereses y Seguros de las cuotas prorrogadas (de haber) serán cobrados con prioridad.
  • La aceptación electrónica o telefónica de la extensión de plazo de la operación será permitida y no requiere firmar ningún documento con los asesores legales.
  • La adhesión al Programa de Apoyo a Clientes no representa una reestructuración de su operación de crédito /arrendamiento y no implica bajo ningún concepto, condonación de capital y/o intereses respecto de LA(S) OBLIGACION(ES) que previamente ya habían sido contraídas por LOS DEUDORES /ARRENDATARIOS 

Aceptación

Al enviar la solicitud:

  • Acepto que Scotiabank de Costa Rica S.A. y Scotia Leasing Costa Rica S.A., conceden soluciones crediticias temporales con el fin de modificar condiciones de los préstamos otorgados.
  • LA DEUDOR(A) CODEUDORES y LOS FIADORES SOLIDARIOS, ARRENDATARIOS y COARRENDATARIOS reconocen y aceptan que deberán realizar los pagos regulares una vez finalizado el Programa de Apoyo a Clientes.
  • Acepto que mi adhesión al Programa de Apoyo a Clientes no representa una reestructuración de LA(S) OBLIGACION(ES) aplicable(s) al Programa y no implica bajo ningún concepto, condonación de capital y/o intereses respecto de LA(S) OBLIGACION(ES) que previamente ya habían sido contraídas por LOS DEUDORES.
  • Estoy de acuerdo que todas y cada una de las estipulaciones del Contrato de Préstamo que no hayan sido expresamente modificadas mediante esta Solución Crediticia permanecerán con pleno valor y efecto legal.

Descargar Términos y condiciones AQUÍ