Seguro Colectivo de Vida Oro (vigente desde 30/10/2017)

  • Muerte No Accidental: en caso de muerte no accidental del asegurado se indemnizara el monto del plan seleccionado en la solicitud y certificado de Seguro a los Beneficiarios designados, hasta agotar el límite de responsabilidad. No aplica deducible.

    Muerte Accidental: en caso de muerte accidental del asegurado se indemnizara el monto del plan seleccionado en la solicitud y certificado de Seguro a los Beneficiarios designados, hasta agotar el límite de responsabilidad. No aplica deducible.

    Incapacidad Total y Permanente a causa de accidente: en caso de que el Asegurado sea incapacitado total y permanentemente (disminución en al menos un 67% en la capacidad orgánica o funcional), como consecuencia de un accidente se indemnizara a los beneficiario designados, hasta agotar el límite de responsabilidad de la cobertura. No aplica deducible.

    Funeraria: en caso de fallecimiento del Asegurado por causa accidental o no accidental, se otorgara una indemnización adicional a la cobertura de muerto accidental o no accidental, para cubrir gastos funerarios, según el plan seleccionado. No se reconocerá esta cobertura en los casos de muerte accidental o no accidental no se amparen.

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